Seguramente has leído el debate en redes sociales sobre el “nuevo” cobro de impuestos a plataformas digitales como Uber, Netflix y Spotify , pero ¿en realidad sabes de va todo esto? No te preocupes que nos dimos a la tarea de desmenuzarlo para ti.
A inicios del mes de agosto de 2019, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) y la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados, propusieron modificar la Ley del IVA para cobrarles impuestos a plataformas digitales como Uber, Netflix y Spotify.
Después de este anuncio muchas personas pusieron el grito en el cielo porque, de acuerdo a usuarios, las compañías ya pagaban impuestos y así es como ellos podían recibir su factura si querían.
La sorpresa es que ni todas las aplicaciones se les aplicaría este nuevo impuesto (si es que se aprueba) ni los conductores estaba haciendo el pago de impuestos correspondiente.
Por un lado, no todos los usuarios que usan plataformas de transporte piden facturas, por lo que en realidad los conductores sólo presentan un porcentaje de sus ingresos reales. Por otro lado, aunque el usuario deduzca una factura, los conductores en realidad no están presentando y pagando de forma individual sus impuestos correspondientes, ya que las aplicaciones no hacen ninguna retención sino que depositaban el dinero al conductor y éste tiene la obligación de hacer su declaración.
Esto, claro, sin contar a las aplicaciones como Didi que en realidad no expiden facturas sino recibos de pago, conocidos como invoice: “Tú puedes deducir este gasto de tu ISR porque es como si estuvieras importando un servicio extranjero, pero no se esta grabando IVA o ISR en ese ingreso para el conductor”, explicó Ana Ramírez, de Sarez Contadores.
Lo mismo pasa con plataformas de streaming como Netflix y Spotify, que no tienen una obligación legal de pagar impuestos en México, aunque sí lo hacen en su país de origen en donde tienen basada su operación.
Sin embargo ya en la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril se había incluido la posibilidad de grabar a las aplicaciones móviles de transporte y entrega de alimentos preparados con 8% de IVA y del 3 al 9% de ISR. El acuerdo firmado por la Prodecon y a Comisión de Presupuesto, reafirma por dos instancias esta posibilidad de impuestos a estas aplicaciones.
Este esquema se haría en retención directa, para hacer el trámite más sencillo para los conductores o repartidores de plataformas como Uber, Uber Eats, Cabify, Beat, Sin Delantal y Rappi, aunque los socios de estas empresas también pueden darse de alta por su cuenta como persona física con actividad empresarial, en caso de que aplicación no sea su única fuente de ingresos y ellos mismos hagan su declaración mensual y anual.
Con esta resolución se incrementaría la recaudación de la Secretaría de Hacienda entre 900 millones de pesos y 2,200 millones de pesos mensuales, ya que existen alrededor de 800 mil conductores y repartidores en el país.
¿Y los usuarios?
Como lo hemos visto en otras industrias, como la tabaquera o de dulces y refrescos, cuando se aumenta un impuesto a esa industria en particular, los usuarios son los que pagan los platos rotos al aumentar los precios de los productos. Esa es la forma en la que la empresa siguen manteniendo sus márgenes de ganancia esperados.
Sin embargo este caso podría ser diferente: “En realidad no tendrían que subir los precios pues este impuesto técnicamente ya estaba siendo incluido en la tarifa final del usuario, sólo no se estaba pagando y el sistema de retención lo hará de forma automática”, dice Ana.
La propuesta ya está en proceso de aprobación y, aunque todavía no se registran incrementos en los servicios de las plataformas móviles, estaremos al pendiente de qué pasará con el tema.
La conclusión de Ana es que al agregar este gravamen, se nivela el campo de juego entre los participantes de estas industrias, es decir, que lo mismo tendría que pagar impuestos un taxista que un conductor de Uber o un repartidor de Rappi, o el restaurante que hace entregas a domicilio por su cuenta.
¿Y tú, ¿estás de acuerdo con que se aplique este impuestos a plataformas digitales como Uber, Netflix y Spotify? Cuéntanos en redes sociales Instagram, Facebook y Twitter.
Y Si te interesa el tema de los impuestos en esta era de economía digital, date una vuelta a este video en donde explicamos qué impuestos deben de pagar los negocios por internet:
Texto de Ximena Soto
Amante del cine, la literatura, la comida y la cultura pop, periodista egresada de la Escuela de Periodismo Carlos Septién García con 10 años trabajando en medios de negocios, emprendimiento y finanzas personales.
Interesante
La última parte esta en veremos, porque nadie obliga a no aumentar precios a las compañias
La verdad en parte estoy de acuerdo, UBER a mi me da facturas pero si realmente el chofer no declara , pues está incumpliendo de alguna manera, entonces, solo seria cuestión de incluir esa obligación de declarar sus ingresos, o en todo caso, que siempre den factura, ese es realmente el problema creo, que el comprobante fiscal sigue siendo «opcional» y no obligatorio, pero para todos, tanto empresas grandes que venden si factura como personas físicas que venden sin darte comprobante incluyendo los Rif, que sí pueden expedir facturas.
Lamentablemente en nuestro país, no tenemos cultura fiscal, en tanto siempre buscamos como pagar menos o nulo, y como bien mencionas, seguramente mas de una empresa subirá sus costos con el argumento de esta miscelánea, y pagaremos mas como siempre.
Todos deberían de sumarse al formalismo fiscal y declarar, sobre todo el ambulantaje que por el hecho de pago de suelo no significa que cumplan con impuestos, después de todo, negocio que no da para para pagar ni sus costos e impuestos, no merece el nombre de negocio.