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Impuestos para freelanceros Vol I. Cómo y por qué darse de alta en el SAT

Hace algunos meses llegó al blog el caso de una chava que toda la vida había usado los recibos de honorarios de su papá para cobrar las chambas que hacía como freelance (era asalariada)… hasta que el Papá le aplicó la de «ya estás grandecita, ve al SAT, date de alta y ya consíguete tus propios recibos».  Ella aterrada me preguntó si sería un broncón, pagaría más impuestos y etcétera tener sus propios recibos… y la verdad era menos catastrófico de lo que ella pensaba. 

Vamos a empezar por la parte legal. Cuando le pregunté a Pedro Canabal, vocero del SAT, si era delito o infracción prestar o usar recibos de honorarios/facturas prestadas, me contestó «¡Pero por supuesto que es ilegal!, se puede considerar defraudación fiscal porque la persona no está acumulando sus propios ingresos». Más contundente imposible, entonces, advertidos están.

Pero incluso quitando esa parte, sí hay bronca de que prestes o te presten recibos:

1. Suben ingresos acumulables… y por tanto impuestos a pagar.

Probablemente si son 1,000 pesos en un año no habrá un cambio drástico, pero si cobran por honorarios y en un mes de ganar 15,000 pesos con el recibo de tu cuate tus ingresos suben a 50,000 porque le pagaron de trancazo varios proyectos la tasa que te cobran de impuestos sube y en general lo que pagas, porque tienes los mismos gastos para comprobar y deducir, pero ingresos mayores.

2. El relajo con las cartas de retenciones si es que te retienen ISR o IVA. 

Una de las grandes broncas de prestar recibos es que a veces a los que se los prestan se acuerdan muuuy bien de pedirlos y de usarlos para cobrar pero luego se les olvida ya sea en el momento o en febrero del próximo año pedir la carta de retenciones a la gente que se los pagó. Y resulta que tú necesitas ese papelito para tu declaración anual, entonces el cuete es para ti chulis.

Y luego los peores son los que también se clavan el IVA o el dinero correspondiente al recibo entonces te sale caro el favor, porque tienes que pagarlos tú.

3. Broncas para conseguir clientes.

Si esos puntos no fueran suficientemente persuasivos para sacar tus recibos, creo que el principal es que influye en tener más  clientes o conservarlos. Que alguien no de recibos puede ser un criterio para no contratarlo, ya que lo que gastas en sus servicios no lo puedes deducir de impuestos si eres microempresario o macroempresario, por ejemplo.

Uno de mis cuates tenía una clienta completamente dispuesta a contratar más servicios con él y por supuesto pagarle más, pero no podía justamente porque como a él le daba flojera ir al SAT y aunque le firmaba recibos, estos no servían para deducciones fiscales, entonces a la chava le salía «mas caro» contratarlo a él que uno que sí estuviera en regla.

Yo entiendo el lado del cliente porque yo soy uno, que además le toca pagar impuestos y como que no me gusta que sea más de los que genuinamente me tocan (sí, me da codo ¿pero a quién no? hay que pagar lo justo, pero tampoco más). Siempre que contrato servicios de comunicación, diseño gráfico, diseño web, organización de eventos, etc uno de mis filtros si es que esa persona tenga recibos o facturas con los requisitos vigentes.  También pago contra entrega de recibo/ factura, si no como que les da «alzheimer» y se acuerdan rebien de cobrar pero ¿factura? ¿ de cuándo? ¿quién yoooo? ¿cuál proyecto?

Finalmente tener tus recibos al corriente para algunos clientes es sinónimo de formalidad. Si con sus papeles es fodongón ¿cómo será con mis proyectos? será la pregunta que se hagan.

4. Para comprobar ingresos

Si eres freelance, la única manera de comprobar ingresos (si es que vas a pedir algún tipo de crédito, por ejemplo) es justamente a través de tu declaración de impuestos. Como no hay recibo de nómina ¡no hay de otra! los bancos no se fijan si ganas bien «por fuera», así que si no puedes pagar absolutamente todo en la vida (incluido un departamento o casa) esta es tu llave de entrada.

 

¿Y cómo me doy de alta?

Antes de que entren en pánico y se imaginen llenando cerros de papeleo, ahí les van tres de las formas en las que los independientes se pueden dar de alta (para mayor información y precisión de qué les conviene pregunten en el chat del SAT o con los de confianza @cpjcgomez @impuestum @robnovelo o busquen a algún profesional con el hashtah #CPTWITTER):

1. Honorarios asimilables a sueldos. Este digamos que es el más básico de los tres: eres como asalariado de uno o varios jefes pero no tienes prestaciones ni nada de un asalariado normal, sólo es una manera de cobrar. Tú sacas solo tu RFC en esta modalidad, les firmas recibos (no necesitas sacar tú recibos, con que les firmes en una hoja pongan  tu RFC , lo que te pagan y lo que te retienen)  y sólo declaras una vez al año (no mensual). Obviamente para la declaración anual necesitas las cartas de retenciones de a todas las personas que les hayas chambeado en esta modalidad.

Aunque es una chulada este régimen porque sólo declaras una vez al año, el contra es que no a todos los clientes les funciona, pero es cosa de preguntarles a ellos, antes de darse de alta, y el segundo inconveniente es que permite menos deducciones fiscales.

2. Honorarios. Acá sí tienes que mandar a hacer recibos y tienes que hacer declaraciones mensuales, los meses que no ganes nada lo haces en ceros, pero siempre hay que presentarla. Ya puedes deducir más cosas de impuestos que en asimilables a sueldos y hay que estar más buzo con las facturas o constancias de dichas deducciones. Normalmente los que piden recibo de honorarios son personas morales o físicas con las que vayas a trabajar más esporádicamente.

3. Persona física con actividad empresarial. Este es el de las facturas. La mayoría de las emprezotas prefieren facturas a recibos, me imagino que por el tema de que las retenciones son más cuete (no lo sé de cierto, pero lo supongo para que no se me echen encima los contadores). También hay que hacer declaraciones mensuales pero como no hay retenciones no hay que estar correteando las cartas de retenciones. Lo que sí ¡aguas con el IVA! No se lo gasten e infórmenlo oportunamente porque clavarse el IVA sí es delito (ej: que se te patine una declaración si ganas por honorarios sólo te cobran multa, recargos y actualizaciones pero lo del IVA como es lana que tienes que pasar directo sí puedes ir al bote).

 

Ok, ok pero ¿qué tengo que hacer para darme de alta?

1. Asesorarte qué régimen te conviene de acuerdo a las actividades que vas a realizar. Puedes hacerlo en el chat del SAT o con tu contador de confianza. También en este link del SAT te puedes dar una idea.

2. Averiguar qué papeles llevar (mi experiencia: lleven dos indentificaciones por si su dirección aparece diferente a lo que dice SEPOMEX o etc). Puedes meterte a este link o preguntar en el Chat del SAT.

3. Meterte a la página del SAT y hacer una cita  aquí

4. Llevar todos los papeles a tu cita y sacar tu RFC/ CIEC/ Firma Electrónica Avanzada , es decir, lo que sea que requieras de acuerdo a tu régimen.

5. Preguntar cuáles son las deducciones a las que tienes derecho y tus obligaciones fiscales. Se recomienda tener calendario y alarmitas en el cel para que no se te pase y te toque pagar multas.

6. Sacar tus recibos/Facturas si aplica (el próximo post será la versión «hágalo usted mismo» en su compu e impresora)

7. Lleva el control de a quién le das recibo/facturas… (la tablita recomendada en el próximo post)

8. Pedir facturas o constancias de retenciones de todo lo deducible y llevar un archivo

9. Presentar tus declaraciones a tiempo (en el caso de la anual acuérdate que los que presentan primero, reciben sus devoluciones primero)

Ahora regresando a la pregunta que inspiró este post,la chica era asalariada y hacía algunas cosas por fuera. Como iba a sacar recibos de honorarios sí iba a tener que hacer declaración mensual, pero también iba a poder deducir de impuestos cosas que ella de hecho ya compraba como su seguro de gastos médicos mayores, en corto tiempo los intereses reales de su crédito hipotecario (iba  a comprar depa), el costo de sus lentes, y gastos relacionadas con su chamba como equipo de cómputo, papelería y gasolina.

En ese caso la teoría diría que debería pagar menos impuestos y tener devoluciones porque ya le retienen un buen de asalariada, y como no hacía declaración anual, no tenía derecho a pedir devoluciones. Darse de alta sí iba a ser una frieguita extra y requerir contador (sí hay personas que hacen sus declaraciones solos pero son super ordenados y se toman el tiempo para aprender) pero podía compensar el costo y hasta recibir un extra con el ahorro de impuestos vía deducciones.

Otra cosa es que si por algo vuelves a la vida en nómina o suspendes actividades te das de baja y ¡listo! sólo presentas declaración anual en los años donde uno o más meses sí hayas tenido ingresos.

Todo lo relacionado con el SAT puede sonar super terrorífico, pero en realidad es un tema de orden y estar a las vivas con las fechas. En el siguiente post de la serie «Impuestos para freelanceros» vamos a hablar de cómo hacer tus propios recibos (para los que se dieron o van a dar de alta por honorarios) y justo unos consejos muy «el espacio de cositas» para que lo tengan en orden y en abril no se anden volviendo locos con la declaración anual.

Buen fin a TodOINKs!!!!!

 

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