Si estás en el limbo porque no sabes cuánto te va a tocar de bono de fin de año (o si te va a tocar), no estás solo porque el aguinaldo en tiempo de pandemia está tan raro como la época.
El aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores, así que, si estás como asalariado en alguna empresa, sí o sí te va a tocar. Y tiene que llegarte máximo el 20 de diciembre. Pero la cosa es cuánto.
En un año normal, la ley dice que deberían darte 15 días de salario (que no es lo mismo que una quincena por aquello de los bonos, por ejemplo) y aunque eso no cambia, la cuenta se puede dificultar por los ajustes de salario que tal vez tuviste o si perdiste la chamba y sólo estuviste un tiempo en la nueva empresa.
Vámonos por partes:
Ajuste de sueldo
Si te ajustaron el salario por la emergencia sanitaria, no solo debieron notificarte por escrito sino avisarle al Seguro Social la reestructura de tu salario. Odilón Cruz, Payroll Specialist Manager de la fintech Runa nos dijo que al hacer eso, debieron de darte un finiquito por lo trabajado hasta el momento y empezar una nueva relación laboral.
Esto significa que en tu finiquito debería venir lo correspondiente a tu aguinaldo hasta ese momento del año y el 20 de diciembre te darían lo correspondiente al tiempo y salario trabajados a partir del ajuste.
Suspensión de salario
En caso de que te mandaran a tu casa sin goce de sueldo por un tiempo, entonces tu aguinaldo tendría que ser proporcional a los días que sí trabajaste durante el año, restándole ese tiempo de suspensión. Y si te pagaron medio tiempo, la resta contará como ausentismos.
Home office
Aquí no hay de otra, trabajaste y tienen que pagarte completo tu aguinaldo a menos que te hayan avisado que te pagarían menos e hicieran los trámites correspondientes ante el IMSS.
Para los trabajadores del estado
Si trabajas para el gobierno, probablemente ya te cayó tu aguinaldo, o la mitad de este de acuerdo con el puesto y función que desempeñas. Y aunque algunos empleados del gobierno como maestros y policías no vieron una reducción, Noemi Montiel, Concejala de la Alcaldía Venustiano Carranza, nos platicó que a ella le pagaron el 62% de su aguinaldo que ya tenía destinado para pagar su maestría y ahora tendrá que recurrir a su familia para cumplir con esa obligación.
¿Y cómo calculas tu aguinaldo?
Es complicado, sí. Sobre todo porque seguramente no tienes las mismas condiciones que tu familia y amigos, ya que todos los empleadores enfrentaron el año de diferentes formas.
Odilón nos dio estos pasos para calcular, por lo menos, un aproximado de lo que recibirás:
- Calcula tu salario diario. Debe de venir en tu contrato, pero si no, divide el total mensual que ganas entre 30.
- Multiplica los días que te corresponden de aguinaldo de acuerdo a tu contrato.
- Resta las faltas y suspensiones a los 366 días que tuvo el 2020 para saber los días reales trabajados entre los días del año.
- Divide la cantidad correspondería a tu aguinaldo (punto 2) entre la cantidad de días reales trabajados.
- Multiplica el resultado por la cantidad de días laborados.
Recuerda que también verás retención de ISR en tu aguinaldo así que haz tus cuentas bien para que sepas cuánto estarás recibiendo.
Si no recibes aguinaldo a pesar de estar contratado, puedes acercarte a la Profedet en el teléfono 55 59 98 2000 Ext: 44740.
Nota de Ximena Soto
Amante del cine, la literatura, la comida y la cultura pop, periodista egresada de la Escuela de Periodismo Carlos Septién García con 10 años trabajando en medios de negocios, emprendimiento y finanzas personales.
en mi caso, me pagaron un poco menos de mi aguinaldo, lo que hice fue invertir una parte, me guié mucho en estas explicaciones: https://academiaforex.com/brokers/tradeatf-revision/ y espero incrementar un poco mi capital para este nuevo año que viene… espero todo salga bien.